Kit de recursos para el desarrollo de prestaciones: SNAP

SNAP (Programa de Asistencia Nutricional Complementaria)

SNAP es un programa financiado por el gobierno federal diseñado para aliviar el hambre y la desnutrición en todo el país entre los hogares de bajos ingresos al proporcionarles un beneficio monetario suplementario mensual para usar en la compra de alimentos. En New York State, SNAP es administrado por la Oficina de Asistencia Temporal y por Discapacidad (OTDA).

A lo largo de las siguientes secciones, se proporcionan enlaces a varios sitios web como referencia. Tenga en cuenta que las direcciones de los sitios web cambian con frecuencia y, si bien las direcciones proporcionadas eran precisas a partir de la emisión de este kit de herramientas, si no puede acceder a ninguna de las páginas web a través de los enlaces, consulte el sitio web principal de Alimentos y Nutrición del USDA en www.fns.usda.gov/snap y navegue hasta la información que está buscando.

Elegibilidad para el SNAP

Una persona atendida por la OPWDD puede ser elegible para los beneficios de SNAP si es ciega o discapacitada y recibe un beneficio por discapacidad de un programa federal o estatal. Debe ser ciudadano de los Estados Unidos o un inmigrante documentado que cumpla con los criterios especificados. La persona también debe tener un número de Seguro Social y no puede tener ingresos mensuales brutos que excedan los límites aplicables para el programa.

El límite de ingresos mensuales brutos para hogares con un miembro anciano o discapacitado cambia cada octubre. Las pautas de elegibilidad más recientes se pueden encontrar en: https://otda.ny.gov/programs/snap/#eligibility.  Es posible que las personas con discapacidades que son elegibles por ingresos no necesiten que sus recursos se consideren en el proceso de solicitud. No hay restricción de edad para solicitar; Sin embargo, el hecho de que una persona pueda presentar la solicitud por sí misma o deba solicitarla con sus padres u otros miembros del hogar dependerá de la situación de vida de la persona. Para obtener más información sobre la elegibilidad para SNAP, consulte el sitio web de OTDA en  https://otda.ny.gov/programs/snap/#overview

Cómo y dónde solicitar el SNAP

Para solicitar SNAP, una persona o su representante debe presentar una solicitud en su distrito local de Servicios Sociales. Además, las solicitudes de SNAP serán aceptadas por la oficina local del Seguro Social cuando la persona esté solicitando beneficios de SSI.

La Solicitud de Beneficios de SNAP (LDSS- 4826) se puede encontrar en http://otda.ny.gov/programs/applications/4826.pdf . La publicación LDSS-4826-A, Cómo completar la solicitud/recertificación de beneficios de SNAP, ayuda a completar la solicitud y se puede encontrar en https://otda.ny.gov/programs/applications/4826A.pdf.

La Oficina para las Personas Mayores de NYS preparó un video tutorial para explicar cómo completar una solicitud de SNAP. Esto puede ser útil para las personas que NO residen en un entorno certificado y se puede encontrar en https://aging.ny.gov/apply-for-benefits.

 

 

 

Documentación

Si bien cada oficina de SNAP tiene sus propios procedimientos, siempre se requiere que los solicitantes verifiquen su elegibilidad. Consulte la Guía de documentación de elegibilidad de la ciudad de Nueva York para obtener más información. Los ejemplos de documentación son aplicables en todo el estado. La guía de la ciudad de Nueva York se puede encontrar en: https://www1.nyc.gov/assets/hra/downloads/pdf/benefits/eligibility_factors_and_suggested_documentation_guide.pdf

Representantes autorizados

Las personas que no pueden comprar su propio alimento deben tener un Representante Autorizado (AR) para canjear sus beneficios de SNAP. Cada agencia que solicite SNAP para las personas en sus residencias debe tener una política sobre quién será el Representante Autorizado.   

Cada AR recibirá una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT, por sus siglas en inglés) para acceder a los beneficios de SNAP de los beneficiarios. La tarjeta EBT se enviará por correo al AR y tendrá su propio Número de Identificación Personal (PIN) único que se enviará por separado. Cuando el AR recibe la tarjeta y el PIN, puede usar el PIN que se proporciona o cambiarlo llamando al número de teléfono de servicio al cliente que se encuentra en el reverso de la tarjeta.

Recertificación del SNAP

Un año es el período de certificación habitual para los beneficiarios de SNAP; Sin embargo, cada distrito puede optar por extender el período de certificación a 24 meses para cualquier persona mayor o discapacitada que no tenga ingresos del trabajo. Las personas mayores o discapacitadas con ingresos del trabajo solo pueden obtener la certificación por un máximo de 12 meses. Cerca del final del período de certificación, se enviará un formulario de recertificación de SNAP al destinatario/AR para que lo complete.

Todos los distritos de SNAP participan en la recertificación telefónica.  Los distritos deben enviar por correo un paquete de recertificación al beneficiario/AR con una fecha y hora programadas para una entrevista telefónica. Si el destinatario ha presentado una solicitud firmada y no asiste a una entrevista telefónica programada, se enviará una Solicitud de Contacto/Entrevista Perdida para reprogramar la entrevista telefónica, consulte: https://otda.ny.gov/policy/directives/2003/INF/03-INF-13-LDSS47531-03version.pdf (recuadro #3). Durante la entrevista telefónica, se harán preguntas basadas en la solicitud de SNAP.

El programa SNAP requiere que el beneficiario o AR informe ciertos cambios al distrito local. Algunos de los cambios que deben informarse son el cambio de dirección, el cambio en la fuente de ingresos o la cantidad de ingresos y el cambio en los recursos. Los plazos para informar sobre los cambios están determinados por el tipo de ingresos recibidos. La mayoría de los cambios deben informarse dentro de los 10 días posteriores al final del mes en el que ocurrieron los cambios. Para obtener más información sobre cómo informar cambios, consulte la sección "Preguntas frecuentes" en el sitio web de OTDA en https://otda.ny.gov/programs/snap/qanda.asp.

HEAP (Programa de Asistencia Energética para el Hogar)

HEAP es un programa de energía financiado por el gobierno federal destinado a ayudar a los hogares de bajos ingresos a satisfacer sus necesidades energéticas inmediatas, ya que esto puede afectar la salud de las personas. OTDA administra HEAP a través de los distritos locales de Servicios Sociales en todo New York State.  Cada distrito lleva a cabo determinaciones de elegibilidad para HEAP de acuerdo con las leyes federales, los reglamentos NYS y los documentos de políticas. La información sobre HEAP se puede encontrar en Programas y Servicios en  https://otda.ny.gov/programs/heap/.

Las personas elegibles que residen en viviendas subsidiadas por el gobierno o en un hogar grupal con calefacción incluida en su renta pueden recibir un beneficio HEAP nominal de $21 por año. Este beneficio de HEAP solo se proporciona a hogares SNAP que tienen elegibilidad completamente establecida para los beneficios SNAP continuos y cumplen con todos los criterios de elegibilidad de HEAP.

Los hogares que no reciben un beneficio nominal de HEAP de $21 a través de su solicitud de SNAP o el proceso de pago automático de HEAP pueden solicitar un beneficio de HEAP regular en https://otda.ny.gov/programs/heap/ durante la temporada de calefacción abierta, que normalmente va de noviembre a abril (o hasta que se agoten los fondos asignados a este componente), o presente una solicitud de HEAP en papel (LDSS-3421) por correo, fax o en persona en el Departamento Local de Servicios Sociales. Este beneficio en efectivo es emitido por los distritos locales de Servicios Sociales y se eliminará en 90 días posteriores a su emisión si no se utiliza para entonces.

Las agencias que actúan como Representantes Autorizados no pueden retener los beneficios HEAP de ningún receptor. Deben asegurarse de que los beneficios se entreguen directamente al destinatario. Para una persona que vive en una residencia certificada, el $21 es para ser tratado como subsidio personal. Las agencias deben llevar registros de recepción y distribución de los beneficios de HEAP y conservar esos registros por un mínimo de seis años para fines de auditoría.