Visión de conjunto
Los protocolos de auditoría ayudan a la comunidad de proveedores de servicios de desarrollo y discapacidad ( Medicaid ) a desarrollar programas para evaluar el cumplimiento de los requisitos de desarrollo y discapacidad ( Medicaid ) establecidos en las leyes y reglamentos federales y estatales, así como en los procedimientos administrativos emitidos por la Oficina para Personas con Discapacidades del Desarrollo (Office For People With Developmental Disabilities, OPWDD) de la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias ( New York State ). Los protocolos enumerados tienen como único fin servir de orientación en este esfuerzo. Esta guía no constituye una reglamentación por parte de la OPWDD y no puede confiar en ella para crear un derecho o beneficio sustancial o procesal exigible, por ley o en equidad, por ninguna persona. Además, nada de lo dispuesto en los protocolos altera ningún requisito legal, reglamentario o administrativo. En caso de conflicto entre las declaraciones de los protocolos y los requisitos legales, reglamentarios o administrativos, prevalecerán los requisitos de los estatutos, reglamentos y procedimientos administrativos.
Los protocolos de auditoría no abarcan todos los requisitos actuales para el pago de reclamaciones de Medicaid para una categoría particular de servicio o tipo de proveedor y, por tanto, no sustituyen la revisión de la legislación legal y regulatoria o de los procedimientos administrativos. Las obligaciones legales de un proveedor de Medicaid se determinan por la legislación y regulación federal y estatal aplicable.
Los protocolos de auditoría se aplican a un proveedor o categoría específica de servicio durante una auditoría e implican la aplicación por parte del OPWDD de la política articulada de la agencia Medicaid y el ejercicio de la discreción de la agencia.
Los protocolos se modifican según sea necesario. Las razones para enmendar los protocolos incluyen, pero no se limitan a, responder a una decisión de audiencia, decisión de litigio o cambio legal o reglamentario.
OPWDD se esfuerza por la coherencia con las prácticas de auditoría de la Oficina de New York State del Inspector General de Medicaid (OMIG). Por ello, el OPWDD aplicará los protocolos de auditoría del OMIG para evaluar aquellos servicios en los que el OMIG haya establecido protocolos. Cuando es necesario, el OPWDD desarrolló protocolos de auditoría para incorporar requisitos regulatorios y administrativos posteriores a los protocolos OMIG. Se empleará el protocolo adecuado según los criterios vigentes para la fecha de revisión del servicio.
En cada auditoría de la OPWDD, evaluamos los controles internos utilizando las orientaciones proporcionadas por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras (COSO) de la Comisión Treadway, que ofrece un marco para comprender los controles internos. Las agencias deben entender que los auditores utilizarán el marco COSO como base para la evaluación en cada compromiso e incluirán los resultados de nuestra evaluación en nuestros informes.