Cambiar o actualizar el plan de vida

Los administradores de atención de la Organización de Coordinación de Atención (CCO) deben mantener actualizado el Plan de Vida y revisar continuamente las preferencias, metas, necesidad de apoyos y salvaguardas del individuo, efectividad del Plan de Vida y estrategias de apoyo a la capacidad de servicios, etc. como parte de la gestión integral de la atención y el monitoreo del Plan de Vida implementado.   

El propósito final y los objetivos de esta actividad son garantizar que los apoyos y servicios del individuo satisfagan las necesidades de la persona y contribuyan a una vida significativa para la persona, ya que él / ella define eso a través de sus objetivos elegidos y que cualquier desafío y obstáculo de salud, comportamiento u otro tipo se aborda y monitorea de manera proactiva. y se promueve la buena salud.   

El Plan de Vida debe revisarse cada vez que haya cambios significativos.

Los cambios significativos incluyen, pero no se limitan a:

  • Un cambio en una meta;
  • Cambios de soporte;
  • Cambios en el servicio;
  • Cambios en el proveedor que brinda un soporte o servicio;
  • Cambios en eventos de la vida, como mudarse a un nuevo entorno o la pérdida de un cuidador;
  • Cambios en las necesidades de protección (p. ej., administración de medicamentos, servicios de apoyo después del alta hospitalaria u otros cambios debidos a los sitios de atención); y
  • Cambios significativos en la condición de una persona.

El Plan de Vida debe revisar y revisar si no es efectivo según 14 636CRR-NY -1.3 Plan de Servicio Centrado en la Persona y el número estándar 11-9 del Manual de PCR. Se deben realizar cambios cuando el Plan de Vida implementado no está logrando los resultados deseados para la persona; cuando las metas/apoyos no son efectivos y necesitan revisión para que la persona progrese hacia sus metas.

Actualización inmediata del plan de vida: 

El Plan de Vida debe revisarse antes de la próxima revisión del Plan de Vida siempre que haya cambios significativos en el Plan de Vida del individuo, incluidos, entre otros: 

  1. Cambio significativo en la condición (SCIC), que resulta en cambios en el estado funcional de una persona, como se define en la Sección de Evaluación Integral.
  2. Un cambio en una salvaguardia
  3. Cambio sustancial en una meta, apoyo o servicio.
  4. Un cambio en el proveedor que brinda soporte o servicio.
  5. Eventos centinela (evento imprevisto) o eventos que cambian la vida, como una mudanza a un nuevo entorno o la pérdida de un cuidador, que resultan en un cambio inmediato en los apoyos y servicios de la persona. 

Además, el administrador de atención debe considerar los servicios, apoyos o situación de vida actuales de una persona para garantizar la revisión y actualización de los planes y evaluaciones asociados y las referencias necesarias. 

Como se indica en la sección Evaluación integral, si el administrador de atención determina que se produjo una SCIC, debe remitir a la persona a la OPWDD para una reevaluación con la evaluación de necesidades funcionales aprobada por el estado de la OPWDD (p. ej., Necesidades y fortalezas de niños y adolescentes (CANS), Sistema de evaluación coordinada (CAS), Perfil de discapacidades del desarrollo (DPP2)).

Actualizaciones en la próxima revisión programada del plan de vida: 

Las circunstancias que no requieren un cambio inmediato en el Plan de Vida y, por lo tanto, pueden esperar hasta la próxima revisión formal del Plan de Vida incluyen: 

  1. Eventos a corto plazo, como una enfermedad temporal o un cambio temporal en la salud de la persona, un cambio temporal de ubicación, etc.
  2. Una dirección de proveedor / soporte natural o cambio de nombre, fusión de agencias;
  3. Si un elemento del Plan de Vida no está logrando los resultados deseados para la persona;
    • Significado: cuando una meta/apoyo no es efectiva y necesita revisión para que la persona progrese. Estas actualizaciones deben realizarse en la próxima revisión (anual o semestral).

Estos proveedores deben abordar estas circunstancias de inmediato y comunicarlas de manera efectiva al administrador de atención y al equipo de planificación de la atención y viceversa. Sin embargo, no requieren un cambio inmediato en el Plan de Vida y, por lo tanto, pueden esperar hasta la próxima revisión formal del Plan de Vida si es necesaria una revisión del Plan de Vida. Cualquier cambio o problema planteado o abordado debe documentarse en el registro de administración de la atención de la persona como parte de las funciones de monitoreo del administrador de atención.   

No se necesita actualización del plan de vida:

Los eventos de tiempo limitado, como sedación, gripe o enfermedad breve, no requieren un cambio de plan de vida. Sin embargo, es posible que sea necesario comunicar cambios breves a tiempo al administrador de atención, los proveedores y el equipo de planificación de la atención. Estos cambios también deben documentarse en el registro de administración de la atención. 

Actualizaciones del plan de vida a pedido:

El administrador de atención debe revisar el Plan de Vida, si es necesario, a solicitud de la persona / familia / representante según el 14 CRR-NY Parte 636-1.3 Requisitos de planificación centrados en la persona. Si la persona solicita un cambio en su plan, el administrador de atención debe responder y trabajar con la persona/familia/representante para determinar si esto es algo que requiere una actualización inmediata o puede esperar hasta la próxima reunión. En última instancia, esta es la elección de la persona.