La Oficina para Personas con Discapacidades del Desarrollo (OPWDD) delNew York Statemantiene una exención estatal de Medicaid aprobada por los Centros federales de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). Esta exención se conoce formalmente como la exención de servicios integrales para el hogar y la comunidad (HCBS) 1915 (c) de OPWDD (exención de HCBS) y autoriza una variedad de servicios de habilitación basados en la comunidad a personas elegibles con discapacidades del desarrollo. Los servicios disponibles son Habilitación diurno, Servicios Prevocacionales, Habilitación Residencial, Habilitación Comunitaria, Respiro, Empleo Apoyado, Camino al Empleo, Cuidador Residente, Servicios de Transición Comunitaria, Intermediario Fiscal, Bienes y Servicios Dirigido Individual, Corretaje de Apoyo, Educación y Capacitación Familiar, Servicios Intensivos de Comportamiento, Tecnología de Asistencia — Dispositivos Adaptativos, Modificaciones Ambientales y Modificaciones de Vehículos.
Los términos del acuerdo de exención de HCBS con CMS, que forma parte del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos, requieren que OPWDD supervise a los proveedores de HCBS y haga cumplir las reglas de exención de HCBS. Un componente clave de la función de OPWDD es garantizar que los HCBS solo se entreguen a personas elegibles bajo las reglas de la exención de HCBS. Este ADM describe cómo la OPWDD establece la elegibilidad para la Exención de HCBS, incluido el nivel de atención, los entornos residenciales apropiados y el estado de residencia New York State . La Guía describe además cómo OPWDD evalúa el requisito de que la necesidad de una persona de los servicios de exención de HCBS se demuestre a través de una evaluación de “Indicación razonable de necesidad”.